en el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación
Ponencia presentada en la Plataforma Iberoamericana
de Reguladores de Televisión, Bogotá 2014
En
el año 2007, a través de uno de los
procesos más democráticos en su historia, Ecuador se planteó la ineludible
tarea de reconocer y desarrollar los derechos de la comunicación e información,
como derechos sociales indispensables para garantizar una libertad de expresión
plena, para todas y todos, sin discriminación.
Señalo
ese año, porque el primer escenario de transformación normativa fue la Asamblea
Constituyente de Ciudad Alfaro, Montecristi, hecho político que significó el
fin de una década de crisis democrática y económica que, en el ámbito de la
comunicación e información, estuvo caracterizada por un engorroso sistema de
normas y una ley de Radiodifusión y Televisión aprobada en 1975; que dejó indefensos a los ciudadanos frente
a las acciones de los medios audiovisuales e impresos (el derecho a
rectificación y réplica era opcional para la Prensa); una ley que además, privilegió la
concentración de medios de comunicación social en manos corporativas,
propiciando el manejo de la información como mercancía; una ley que descartó en
sus contenidos, el fomento del desarrollo humano, de una cultura democrática y la
identidad colectiva; y, que amortiguó la oportunidad de construir patrones
culturales libres de estereotipos y prejuicios, a favor de los derechos de los
pueblos y nacionalidades del país, de las mujeres, niños, niñas, adolescentes,
jóvenes, personas con discapacidad y otros grupos en situación de
vulnerabilidad o desigualdad económica y social.
En
dicha norma, aprobada en la Dictadura, las personas reguladas eran parte de las
instituciones reguladoras. Los vínculos entre las empresas de comunicación y
los sectores financiero y político, menoscabaron por años la independencia
editorial y económica de los medios de comunicación social, socavando la
libertad de expresión, la pluralidad de voces y el crecimiento de los medios
comunitarios. Hasta la aprobación de la Ley Orgánica de Comunicación en el año
2013, las frecuencias del espectro radioeléctrico en poder de empresas
vinculadas, podían renovarse
automáticamente, en perjuicio de las ciudadanas y ciudadanos y su derecho legítimo
a fundar medios de comunicación social.
Cabe
mencionar, que estos problemas de la comunicación e información, no son un
asunto exclusivo de Ecuador, y tampoco es un tema nuevo en el debate global. En 1980, desde la Unesco, a través del Informe Mc Bride[1],
grupo en el cual, vale mencionar, participó el colombiano Gabriel García
Marquez, orgullo de Latinoamérica, se advirtió
de la relación entre los mencionados problemas y el nuevo orden económico
mundial, donde los sistemas de comunicación compiten con los sistemas educativos,
siendo el rol de los medios y de las tecnologías de la información y
comunicación, transmitir la cultura, elegir y definir su contenido, desde un
enfoque hedonista.
Tras
la publicación del conocido Informe, las
legislaciones mundiales se han visto abocadas a reconocer los desequilibrios de
la comunicación social por las estructuras económicas mundiales, así como la importancia de
identificar otros derechos inherentes a la libertad de expresión, como
son la participación en la información desde las diversidades culturales, la defensa de los derechos de las y los
periodistas, además de las mejoras en las condiciones sobre las
infraestructuras en las que se desarrolla la comunicación y que hoy son
fundamentales, como las plataformas y redes de telecomunicaciones.
Desde
luego, estos temas también han estado y continúan presentes en Ecuador, desde la construcción de al menos cuatro
proyectos de ley que trataron los derechos de la comunicación, la información y
la libertad de expresión en el año 2009 en la Función Legislativa del país,
considerando que se debían abarcar los elementos señalados en la Constitución
de la República, así como otros que forman parte de instrumentos
internacionales de derechos humanos, a través de un sistema de comunicación social,
donde la libertad de expresión y la comunicación, cumplan funciones de
información, cohesión y conciencia social para participar en la vida pública, fomentar
la discusión, avance cultural, entretenimiento, integración; con el fin de
satisfacer necesidades de autodesarrollo, identidad cultural, libertad real,
respeto por la dignidad humana y solidaridad.
Este
objetivo es visible mediante un diseño institucional primario: El Consejo de
Regulación y Desarrollo de la información y Comunicación, cuyas funciones son la regulación del acceso a la
comunicación e información mediante el establecimiento de mecanismos sobre
variedad de programación, promover la difusión de las formas de comunicación
propias desde un enfoque étnico-cultural, elaborar los informes vinculantes sobre
los proyectos comunicacionales para las concesiones de las frecuencias y autorización
de funcionamiento de la TV paga que opere un canal propio, regular la clasificación de contenidos y franjas
horarias; y, elaborar los estudios sobre el comportamiento de la sociedad y su
relación con el contenido de los medios. Para nosotros, por ejemplo, resulta
interesante poder evaluar la relación entre los estereotipos machistas y la
violencia de género, considerando que 6 de cada 10 mujeres en Ecuador sufren
este tipo de violencia. Es decir es una
instancia que dicta reglamentos pero sobre todo investiga sobre la situación de
los derechos de la comunicación para prevenir vulneraciones y fomentar la multiplicación de las buenas
prácticas.
Por otra
parte, la ley diseña la dimensión
tutelar en una Superintendencia, como el
organismo técnico de auditoría, intervención y control, con capacidad
reparatoria, mientras que el proceso de participación ciudadana se realiza
mediante un Consejo Consultivo asesor, en los procesos de formulación de políticas
públicas, sin menoscabo de otros mecanismos que constan en la legislación especializada,
tales como veedurías, observatorios, comités, mesas de diálogo o defensores de
audiencias; y que CORDICOM garantiza al elaborar sus normativas mediante un
intenso proceso con los actores interesados.
Por
otra parte, Ecuador ha cumplido las recomendaciones de los organismos internacionales
de derechos humanos, como en el caso de la despenalización de las injurias.
Hasta el 28 de enero de este año, nuestro país sancionaba injurias no
calumniosas como imputaciones de vicios o falta de moralidad, al igual que la
difamación. Con la vigencia del nuevo Código Orgánico Integral Penal, se configura
el delito exclusivamente de calumnia como la falsa imputación de un delito e
incluso la responsabilidad penal puede desaparecer si la persona responsable se
retracta voluntariamente antes de la sentencia ejecutoriada.
Con
estos antecedentes, sumada la
ratificación de la voluntad popular por parte de la Corte Constitucional, que ha confirmado como legítima la Ley Orgánica
de Comunicación y sus instituciones, en
el Cordicom trabajamos en una agenda regulatoria, con 11 temas prioritarios, de
los cuales destaca una metodología más justa de medición de rating, criterios
de organización de franjas horarias en TV para proteger a niñas, niños y
adolescentes, cuotas de producción nacional y contenidos musicales en la programación
y publicidad a favor del cine y la música ecuatoriana, cuotas de inversión publicitaria pública y
privada a favor de los medios locales, medidas de acción afirmativa a favor de
medios comunitarios, cuotas para la difusión de la cultura y saberes de los
pueblos y nacionalidades, entre otros temas; conscientes de que aún tenemos
mucho camino por recorrer, sobre todo a las puertas del debate del Proyecto de Ley
en materia de telecomunicaciones, actualmente en manos de la Asamblea Nacional,
cuyo objeto es establecer un régimen general sobre el establecimiento y
explotación de redes para la prestación de servicios públicos, con el fin de promover la convergencia de
servicios, basados en el interés
público, con regulaciones que respondan a los fenómenos mundiales de la comunicación
en cuanto al avance tecnológico pero en el marco de las democracias – donde
esta el respeto de la intimidad y los límites de lo que se considera público y
publicable- y el proceso de democratización de las telecomunicaciones sobre
todo de la red de redes bajo el principio de neutralidad tecnológica.
Es
preciso destacar que, la regulación sobre la comunicación, sus soportes, la
protección de las libertades y la protección de los derechos colectivos, además del debate a lo interno de los países, pasa
también por discusiones a nivel regional, como es el caso de la Plataforma en
la que estamos hoy. Los retos de la agenda regulatoria en la sociedad de la
información, deben darse del centro a la periferia y viceversa, pero
principalmente desde los nodos, para pensar en un desarrollo sostenido a través
de la cooperación y la integración latinoamericana.
Es
imprescindible una agenda colectiva basada en dos marcos fundamentales: 1) el
desarrollo (la lucha contra la pobreza) que implica que la libertad de
expresión no se la ejerce si se mantienen o se profundizan las desigualdades
sociales, incluído el acceso y la posibilidad de fundar y mantener medios de
comunicación 2) El impulso de plataformas de telecomunicaciones compartidas que
ayude a las sociedades a pensarnos como SUR, como América Latina con nuestras
propias necesidades de información y nuestras formas de generar comunicación y
sus medios incluídos.
Eduardo
Bertoni en el año 2002 como Relator de Libertad de Expresión señaló que “Muchos
de los desacuerdos acerca del contenido de la libertad de expresión tiene que
ver, en realidad, con los desacuerdos sobre el contenido de la democracia” y
justamente esos desacuerdos pasan por los marcos regulatorios su ámbito y su
alcance, sobre todo en un mundo que vivió la reconstrucción de sus países por
el exceso de los Estados pero que ahora sentimos día a día los excesos del
mercado. El punto medio creo que está en la capacidad ciudadana de debatir, de
exigir y defender sus derechos. Como el tercer actor, el tercero excluído pero
donde reposa la legitimidad de la regulación.
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