jueves, 25 de septiembre de 2014

Desafíos de la Regulación en Ecuador y América Latina

Paulina Mogrovejo, Representante de la Defensoría del Pueblo 
en el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y Comunicación 
Ponencia presentada en la Plataforma Iberoamericana 
de Reguladores de Televisión, Bogotá 2014 

En el año 2007,  a través de uno de los procesos más democráticos en su historia, Ecuador se planteó la ineludible tarea de reconocer y desarrollar los derechos de la comunicación e información, como derechos sociales indispensables para garantizar una libertad de expresión plena, para todas y todos, sin discriminación.

Señalo ese año, porque el primer escenario de transformación normativa fue la Asamblea Constituyente de Ciudad Alfaro, Montecristi, hecho político que significó el fin de una década de crisis democrática y económica que, en el ámbito de la comunicación e información, estuvo caracterizada por un engorroso sistema de normas y una ley de Radiodifusión y Televisión aprobada en  1975; que dejó indefensos a los ciudadanos frente a las acciones de los medios audiovisuales e impresos (el derecho a rectificación y réplica era opcional para la Prensa);  una ley que además, privilegió la concentración de medios de comunicación social en manos corporativas, propiciando el manejo de la información como mercancía; una ley que descartó en sus contenidos, el fomento del desarrollo humano, de una cultura democrática y la identidad colectiva; y, que amortiguó la oportunidad de construir patrones culturales libres de estereotipos y prejuicios, a favor de los derechos de los pueblos y nacionalidades del país, de las mujeres, niños, niñas, adolescentes, jóvenes, personas con discapacidad y otros grupos en situación de vulnerabilidad o desigualdad económica y social.

En dicha norma, aprobada en la Dictadura, las personas reguladas eran parte de las instituciones reguladoras. Los vínculos entre las empresas de comunicación y los sectores financiero y político, menoscabaron por años la independencia editorial y económica de los medios de comunicación social, socavando la libertad de expresión, la pluralidad de voces y el crecimiento de los medios comunitarios. Hasta la aprobación de la Ley Orgánica de Comunicación en el año 2013, las frecuencias del espectro radioeléctrico en poder de empresas vinculadas,  podían renovarse automáticamente, en perjuicio de las ciudadanas y ciudadanos y su derecho legítimo a fundar medios de comunicación social.

Cabe mencionar, que estos problemas de la comunicación e información, no son un asunto exclusivo de Ecuador, y tampoco es un tema nuevo en el debate global.  En 1980,  desde la Unesco, a través del Informe Mc Bride[1], grupo en el cual, vale mencionar, participó el colombiano Gabriel García Marquez, orgullo de Latinoamérica,  se advirtió de la relación entre los mencionados problemas y el nuevo orden económico mundial, donde los sistemas de comunicación compiten con los sistemas educativos, siendo el rol de los medios y de las tecnologías de la información y comunicación, transmitir la cultura, elegir y definir su contenido, desde un enfoque hedonista. 

Tras la publicación del conocido Informe,  las legislaciones mundiales se han visto abocadas a reconocer los desequilibrios de la comunicación social por las estructuras económicas mundiales, así como la  importancia de  identificar otros derechos inherentes a la libertad de expresión, como son la participación en la información desde las diversidades culturales,  la defensa de los derechos de las y los periodistas, además de las mejoras en las condiciones sobre las infraestructuras en las que se desarrolla la comunicación y que hoy son fundamentales, como las plataformas y redes de telecomunicaciones.

Desde luego, estos temas también han estado y continúan presentes en Ecuador,  desde la construcción de al menos cuatro proyectos de ley que trataron los derechos de la comunicación, la información y la libertad de expresión en el año 2009 en la Función Legislativa del país, considerando que se debían abarcar los elementos señalados en la Constitución de la República, así como otros que forman parte de instrumentos internacionales de derechos humanos, a través de un sistema de comunicación social, donde la libertad de expresión y la comunicación, cumplan funciones de información, cohesión y conciencia social para participar en la vida pública, fomentar la discusión, avance cultural, entretenimiento, integración; con el fin de satisfacer necesidades de autodesarrollo, identidad cultural, libertad real, respeto por la dignidad humana y solidaridad.

Este objetivo es visible mediante un diseño institucional primario: El Consejo de Regulación y Desarrollo de la información y Comunicación, cuyas  funciones son la regulación del acceso a la comunicación e información mediante el establecimiento de mecanismos sobre variedad de programación, promover la difusión de las formas de comunicación propias desde un enfoque étnico-cultural, elaborar los informes vinculantes sobre los proyectos comunicacionales para las concesiones de las frecuencias y autorización de funcionamiento de la TV paga que opere un canal propio,  regular la clasificación de contenidos y franjas horarias; y, elaborar los estudios sobre el comportamiento de la sociedad y su relación con el contenido de los medios. Para nosotros, por ejemplo, resulta interesante poder evaluar la relación entre los estereotipos machistas y la violencia de género, considerando que 6 de cada 10 mujeres en Ecuador sufren este tipo de violencia.  Es decir es una instancia que dicta reglamentos pero sobre todo investiga sobre la situación de los derechos de la comunicación para prevenir vulneraciones  y fomentar la multiplicación de las buenas prácticas.

Por otra parte,  la ley diseña la dimensión tutelar en una Superintendencia,  como el organismo técnico de auditoría, intervención y control, con capacidad reparatoria, mientras que el proceso de participación ciudadana se realiza mediante un Consejo Consultivo asesor,  en los procesos de formulación de políticas públicas, sin menoscabo de otros mecanismos que constan en la legislación especializada, tales como veedurías, observatorios, comités, mesas de diálogo o defensores de audiencias; y que CORDICOM garantiza al elaborar sus normativas mediante un intenso proceso con los actores interesados.

Por otra parte, Ecuador ha cumplido las recomendaciones de los organismos internacionales de derechos humanos, como en el caso de la despenalización de las injurias. Hasta el 28 de enero de este año, nuestro país sancionaba injurias no calumniosas como imputaciones de vicios o falta de moralidad, al igual que la difamación. Con la vigencia del nuevo Código Orgánico Integral Penal, se configura el delito exclusivamente de calumnia como la falsa imputación de un delito e incluso la responsabilidad penal puede desaparecer si la persona responsable se retracta voluntariamente antes de la sentencia ejecutoriada.

Con estos antecedentes, sumada  la ratificación de la voluntad popular por parte de la Corte Constitucional, que ha confirmado como legítima la Ley Orgánica de Comunicación y sus instituciones,  en el Cordicom trabajamos en una agenda regulatoria, con 11 temas prioritarios, de los cuales destaca una metodología más justa de medición de rating, criterios de organización de franjas horarias en TV para proteger a niñas, niños y adolescentes, cuotas de producción nacional y contenidos musicales en la programación y publicidad a favor del cine y la música ecuatoriana,  cuotas de inversión publicitaria pública y privada a favor de los medios locales, medidas de acción afirmativa a favor de medios comunitarios, cuotas para la difusión de la cultura y saberes de los pueblos y nacionalidades, entre otros temas; conscientes de que aún tenemos mucho camino por recorrer, sobre todo a las puertas del debate del Proyecto de Ley en materia de telecomunicaciones, actualmente en manos de la Asamblea Nacional, cuyo objeto es establecer un régimen general sobre el establecimiento y explotación de redes para la prestación de servicios públicos,  con el fin de promover la convergencia de servicios,  basados en el interés público, con regulaciones que respondan a los fenómenos mundiales de la comunicación en cuanto al avance tecnológico pero en el marco de las democracias – donde esta el respeto de la intimidad y los límites de lo que se considera público y publicable- y el proceso de democratización de las telecomunicaciones sobre todo de la red de redes bajo el principio de neutralidad tecnológica.

Es preciso destacar que, la regulación sobre la comunicación, sus soportes, la protección de las libertades y la protección de los derechos colectivos,  además del debate a lo interno de los países, pasa también por discusiones a nivel regional, como es el caso de la Plataforma en la que estamos hoy. Los retos de la agenda regulatoria en la sociedad de la información, deben darse del centro a la periferia y viceversa, pero principalmente desde los nodos, para pensar en un desarrollo sostenido a través de la cooperación y la integración latinoamericana.   

Es imprescindible una agenda colectiva basada en dos marcos fundamentales: 1) el desarrollo (la lucha contra la pobreza) que implica que la libertad de expresión no se la ejerce si se mantienen o se profundizan las desigualdades sociales, incluído el acceso y la posibilidad de fundar y mantener medios de comunicación 2) El impulso de plataformas de telecomunicaciones compartidas que ayude a las sociedades a pensarnos como SUR, como América Latina con nuestras propias necesidades de información y nuestras formas de generar comunicación y sus medios incluídos.

Eduardo Bertoni en el año 2002 como Relator de Libertad de Expresión señaló que “Muchos de los desacuerdos acerca del contenido de la libertad de expresión tiene que ver, en realidad, con los desacuerdos sobre el contenido de la democracia” y justamente esos desacuerdos pasan por los marcos regulatorios su ámbito y su alcance, sobre todo en un mundo que vivió la reconstrucción de sus países por el exceso de los Estados pero que ahora sentimos día a día los excesos del mercado. El punto medio creo que está en la capacidad ciudadana de debatir, de exigir y defender sus derechos. Como el tercer actor, el tercero excluído pero donde reposa la legitimidad de la regulación.



[1] Informe UNESCO “Voces múltiples, un solo mundo”